Derecho al desarrollo y al desarrollo económico
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico fue creada en el año 2006, mediante el artículo 75 del Acuerdo 257 con el objeto de “orientar y liderar la formulación de políticas de desarrollo económico de las actividades comerciales, empresariales y de turismo del Distrito Capital, que conlleve a la creación o revitalización de empresas, a la generación de empleo y de nuevos ingresos para los ciudadanos y ciudadanas en el Distrito Capital[1]”.
En el 2009 fue expedido el Acuerdo 378 “Por medio del cual se establecen los lineamientos generales de la Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá, D. C.”, donde le ordena a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en los artículos 4º y 5º, formular la política pública que allí se determina de manera participativa y de acuerdo a lograr los consensos y alianzas de las diversas entidades e instituciones públicas, privadas y territoriales para hacer posible su implementación y ejecución.
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico adelantó durante el 2009 y 2010, la elaboración y formulación de dicha política, cumpliendo con las características del mandato que le fue dado. Para esto realizó un proceso de trabajo colectivo coordinado por el equipo de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico junto con el trabajo de un equipo interdisciplinario de expertos y expertas[2] en temas económicos, de derechos humanos, ambientales, de ordenamiento territorial y de género. Además se llevó a cabo un amplio diálogo social a través de diversas actividades y eventos ampliamente participativos con invitación a los diferentes sujetos actores del desarrollo económico en el Distrito Capital y a los diversos sujetos beneficiarios de éste desarrollo.
Este proceso culminó con la expedición el 24 de febrero de 2011 del Decreto 064 “Por el cual se formula la política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá D. C.”, que va hasta el año 2038, firmado por el Sr. Alcalde Mayor de Bogotá y por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico posesionados en ese momento[3]. El proceso participativo no sólo incluyó actividades públicas de Foros, sino también múltiples documentos que fueron elaborados y reelaborados varias veces, sustentados, sintetizados y después compilados, trascritos, editados y publicados dejándose el testimonio documental de este proceso participativo y de elaboración conjunta[4].
Desde los inicios de este proceso se adoptaron unas metodologías y un enfoque conceptual como marco de referencia para el trabajo de todo el equipo interdisciplinario que se creó. Esta metodología y este enfoque aspiraron a articular y complementar los aspectos relativos a la productividad, competitividad y al crecimiento económico con la inclusión social y económica, con la búsqueda de equidad y justicia social, y con un compromiso con enmarcar dicha política dentro de un modelo de desarrollo humano –es aquel en el cual el desarrollo es para las gentes ante todo- y un enfoque de derechos con una perspectiva diferencial de género y poblaciones específicas en condiciones de fragilidad o vulnerabilidad económica y discriminación.
Se trabajó durante meses en esta dirección, tratando de hacer transversal a la política el enfoque de derechos humanos y el enfoque de análisis diferencial poblacional y de género.
El enfoque de derechos humanos se trabajó desde los estándares que tiene el Sistema de las Naciones Unidas respecto del modelo de Desarrollo Humano y del Derecho al Desarrollo, y se avanzó en profundizar qué es lo que se entiende por el derecho al desarrollo y al desarrollo económico. Qué engloba esta proposición, y, qué es lo fundamental de esta propuesta del derecho al desarrollo económico como parte integral del Derecho al Desarrollo. Qué derechos son aquellos que se encuentran intrínsecamente comprometidos en el desarrollo económico.
Con un trabajo intersectorial a nivel distrital, en el que participaron la Secretaría Distrital de Integración Social-SDIS, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico-SDDE y la Secretaría Distrital de Planeación-SDP, se consensuaron y concertaron los contenidos mínimos y los lineamientos centrales de los derechos centrales del derecho al desarrollo económico sobre los cuáles es responsable la SDDE.
Se elaboraron matrices de los derechos eje, llamesmoslos así, para hacerle seguimiento a su ejecución y progresividad en el cumplimiento. Sin embargo, desde el punto de vista de la indivisibilidad de los derechos, podría hacerse un intento más adelante de desarrollar en una sola matriz los diferentes componentes y contenidos de derechos de cuyo resultado al cumplirse se desprende el desarrollo económico.
Las matrices elaboradas son: derecho al desarrollo económico, que contiene dos vectores ejes y prioritarios a la política del presente y futuro: el derecho al trabajo y el derecho a la alimentación. Estas matrices se encuentran publicadas en la Web de la SDIS y serán anexadas a este documento. Queda el reto de hacer de éstas una sola y de establecer en el seguimiento los nexos con los derechos sociales, ambientales, colectivos y civiles.
Los contenidos de los derechos de estas matrices constituyen una síntesis apretada. En los diversos documentos elaborados en el proceso y en el documento final resumen del trabajo del equipo de expertos, y en el mismo Acuerdo 064, el derecho al desarrollo económico se encuentra integrado de manera transversal en la política pública.
El Decreto 064 de 2011, determinó en el parágrafo del artículo 2º. Fines de la Política, “En todo caso la gestión de estímulo a la política pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico, se adelantará bajo los principios de la cohesión e inclusión social, el desarrollo integral y sustentable, la perspectiva de derechos y la preservación y conservación del patrimonio natural.” Y en el Capítulo II se desarrolla el “Eje Transversal: Desarrollo Económico y Derechos”.
La política aprobada incluyó los avances realizados en el proceso de trabajo interdisciplinario. La conceptualización del derecho al desarrollo económico es necesario plantearlo, aún es incipiente en el mundo y en Colombia. Hay avances en Bogotá, realizados durante el proceso de elaboración de esta política: se encuentran dispersos en documentos elaborados durante el trabajo de construcción de la propuesta de política. Mas esta conceptualización no consigna en un documento completo, de qué estamos hablando cuando nos referimos al derecho al desarrollo económico y de qué elementos, vectores o componentes de derechos está constituido éste derecho. Derecho complejo y relativamente “nuevo”, en cuanto a su utilización como enfoque para construir la política pública de desarrollo en el país. Se encuentran los esfuerzos del PNUD consignados en los Informes de Desarrollo Humano, el cual también incorpora un enfoque de derechos humanos al modelo de desarrollo. Sin embargo este derecho no es nuevo en cuanto a su surgimiento y reconocimiento internacional, el cual se dio en la década de los sesenta como veremos más adelante.
Este documento se propone aportar en la clarificación de qué es el derecho al desarrollo y al derecho al desarrollo económico, éste último como componente o vector del derecho al desarrollo.
La incorporación transversal se trató de hacer de la mejor manera posible, aunque aún hay aspectos y temas por mejorar en la política de desarrollo económico del Distrito aprobada en el Decreto 064 de 2011. También se encuentra incorporado en las políticas distritales de tipo social y en los instrumentos de seguimiento que el Distrito viene construyendo, como son la Matriz de los Núcleos de Derechos que ha coordinado la Secretaría Distrital de Integración Social.
Elaborar las políticas públicas de desarrollo y los planes de desarrollo desde un enfoque de derechos incorporado transversalmente en programas, proyectos, políticas y acciones afirmativas constituye cada vez más una necesidad urgente y un instrumento importante por ir hacia un desarrollo con justicia social, con equidad, sin exclusiones ni segregaciones, con libertades y sin discriminaciones de ningún tipo.
Por último este documento ha recibido los comentraios de la Dra. Caludia Ximena Camacho y del Dr. Tulio Alfredo Ramos de la SDDE, comentarios que han ayudado sustancialmente a su construcción. También del Dr. Ricardo Sánchez Cárcamo y la Dra Raquel Forero de la SDIS. Esta versión final, fue revisada por el Dr Tulio Alfredo Ramos.
[1] Decreto 064 de 2011. Bogotá 24 de febrero de 2011.
[2] El equipo de expertos y expertas estuvo conformado por: Edgar Gonzáles, coordinador; Antonio José Ocampo, César Gonzáles, César Ferrari, Gabriel Misas, Salomón Kalmanovitz, Néstor García B.; Pedro Rodríguez; Ana Isabel Arenas; Gladys Jimeno; Patricia Lizarazo; Manuel Guillermo Bonilla; Alberto Castiblanco por el IPES; Carlos Ossa y Carlos Murcia por la Universidad Jorge Tadeo Lozano con su equipo; Jorge Pulecio y Edgar Revéiz por la Universidad Nacional – CIID. Por la SDDE: Hugo Muñoz Berrío; Alfredo Bateman; Raúl Castro; Nubia Angarita Gómez; Claudia Ximena Camacho; Por la SDIS; Luis Carlos Narváez; Deidamia García, Raquel Forero; el equipo de Viva la Ciudadanía, entre otros participantes en procesos parciales.
[3] Dr. Samuel Moreno Díaz y Dra. Mariela Barragán Beltrán.
[4] Los documentos y Memorias de dicho proceso pueden ser consultadas en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
El enfoque de derechos humanos se trabajó desde los estándares que tiene el Sistema de las Naciones Unidas respecto del modelo de Desarrollo Humano y del Derecho al Desarrollo.